Informes de Auditorías de Cuentas: La empresa no está obligada a auditoría de cuentas anuales externa debido a que no se cumple al menos dos de las siguientes circunstancias durante dos ejercicios consecutivos (LSC art.263):
Que el total de las partidas del activo sea igual o superior a 2.850.000 euros.
Que el importe neto de su cifra anual de negocios sea igual o superior a 5.700.000 euros.
Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea igual o superior a 50